Personal de Administración y Servicios
RECURSOS HUMANOS
Entre las competencias asignadas al Secretario está la de ejercer de conformidad con las instrucciones de la Directora y bajo su autoridad, la supervisión y el control del personal de administración y servicios adscrito al centro docente público y velar por el cumplimiento de la jornada y las tareas establecidas. En la actualidad, en el IES Siete Palmas se cuenta con el siguiente personal laboral dependiente de la Consejería de Educación:
- Dos subalternas.
- Dos administrativo.
Las actuaciones de cada uno de estos puestos de trabajo vienen definidas en la Resolución de 28 de enero de 1992, de la Dirección General de Trabajo, por la que se hace público el III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como en las diferentes Instrucciones que ha establecido la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias.
En cuanto al Régimen Disciplinario, se está a lo dispuesto en dicho Convenio Colectivo y en la Sección 8ª de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública canaria y en el Decreto 106/2009, de 28 de julio, por el que se regula la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Además, trabajan otras personas que no pertenecen a la Consejería de Educación y que son:
- 4 auxiliares educativos, de la empresa AEROMÉDICA CANARIA SLU.
- 1 persona de mantenimiento, de la empresa CLECE.
- 10 personas encargadas de la limpieza, de la empresa UTE Limpiezas Quesada.
Está previsto que el control diario de asistencia al trabajo y la puntualidad del personal no docente, así como el registro de las incidencias se realice mediante una hoja de firmas, en la que se hace constar las horas de entrada y salida y las ausencias, sea cual sea el motivo. Al tratarse de personal que desarrolla sus funciones en un centro docente, el disfrute de sus vacaciones se hace coincidir con el periodo de inactividad escolar, salvo que las necesidades del servicio determinen lo contrario.
PERSONAL SUBALTERNO.
Son las personas que realizan las labores de custodia, información y control de la Unidad Funcional de trabajo. Su horario de trabajo es de siete horas y media, de lunes a viernes, de 7:30 h. a 14:30 h. y un día a la semana de 16:00 h. a 19:00 h. para actos de periodicidad no fija como reuniones de Claustro, atención a familias, Consejo Escolar, Plan de Formación, u otras actividades similares. Este horario puede ser flexibilizado siempre que haya acuerdo entre el Secretario y el personal afectado. Siempre ha de estar al menos una de ellas en Conserjería.
De manera alterna, una de ellas acude a abrir y cerrar la puerta de acceso del alumnado en la parte inferior del edificio, mientras la otra permanece en la entrada principal.
Las funciones de este personal son las siguientes:
· Custodiar el mobiliario, máquinas, instalaciones y locales, controlando las puertas de acceso, dando cuenta de los desperfectos o alteraciones que se observen.
· Controlar la entrada de personas ajenas a la Unidad Funcional y atender, informar, orientar e indicar el despacho, unidad o Departamento al que deben dirigirse, acompañándoles si fuera preciso.
Custodiar las llaves del centro.
Recibir y distribuir los documentos, correspondencia y objetos oficiales que a tales efectos le sean encomendados.
Manejar máquinas multicopistas, fotocopiadoras, encuadernadoras y plastificadoras para la realización de trabajos demandados por el profesorado. Éste ha de encargarlos con 48 horas de antelación.
Efectuar la apertura y cierre de puertas y accesos dentro de su jornada de trabajo.
Realizar los encargos oficiales relacionados con sus funciones dentro y fuera del edificio.
Atender el teléfono y derivar las llamadas a sus lugares correspondientes.
Realizar dentro de las dependencias del centro los traslados menores de material, mobiliario y enseres que fuesen necesarios, siempre que por sus dimensiones, volumen, peso y plazo para su realización, no exijan un esfuerzo excesivo o dedicación propia de una contrata de servicios.
Prestar, en su caso, servicios adecuados a la naturaleza de sus funciones, en el archivo, almacén y biblioteca.
Se seguirán las siguientes instrucciones sobre Conserjería:
- No se fotocopiarán libros enteros.
- El horario de fotocopias será de 8:15 a 14:00 horas, salvo aquellos días que se tenga que salir a entregar documentación, correos, etc., en que el horario será reducido.
- El tiempo de recreo (10:45 a 11:15) estará dedicado a fotocopias para el alumnado.
- Las conserjes dispondrán de media hora de descanso durante su jornada de trabajo que preferiblemente y según las necesidades del centro estará fijada de 10:00 h. a 10:30 h., debiendo permanecer una de ellas en el puesto de trabajo.
- Las fotocopias serán realizadas por una de las conserjes, y solicitadas a la misma con un día de antelación. Se irán realizando por orden de entrega, salvo las pruebas escritas que se realizarán el mismo día.
- Las fotocopias particulares serán abonadas.
- Todos los profesores que soliciten fotocopias apuntarán y firmarán en el Registro habilitado a tal fin el número de copias realizadas para poder controlar el número de fotocopias por Departamento.
- Cuando un profesor solicite cinco o más fotocopias a la conserje para repartir entre sus alumnos, solicitará de éstos que abonen el importe correspondiente a las mismas antes de proceder a su elaboración que se realizará de forma conjunta y nunca por anticipado al cobro.
- Cuando el número de fotocopias sea superior a 25, se utilizará la multicopista.
PERSONAL ADMINISTRATIVO.
Las dos personas que bajo la dependencia del Secretario realizan labores administrativas en el centro, son personal laboral fijo y desarrollan actividades administrativas elementales inherentes al trabajo en la oficina de la Unidad Funcional. Su horario es de siete horas y treinta minutos diarios, comenzando la jornada a las 8:00 h. y finalizando a las 15:30 h. Tienen 30 minutos para desayunar, que no pueden coincidir con el recreo.
Sus funciones son las siguientes:
Registro de entrada y salida de documentos y correspondencia a través del Registro auxiliar de Ventanilla Única.
Transcripción de estadillos, fichas e impresos.
Catalogación y clasificación de documentos.
Transcripción de escritos oficiales del centro, certificados y estadísticas.
Manejo de ficheros de alumnado, profesorado y otro personal.
Utilización de programas informáticos de documentos.
Utilización del programa Pincel y Pincel Ekade: matrícula de alumnado, incorporación de profesorado, incorporación de personal no docente, altas de cargos directivos, grupos de alumnado, crear lotes de Títulos de ESO, Bachillerato y Ciclos Formativos, definir Tutorías, imprimir todo tipo de listados, certificaciones, etc.
Utilización de Gescentros: frontal (tramitar y confirmar bajas y altas médicas, certificados de incorporación y cese, solicitud de CIAL del alumnado, solicitud de expedientes académicos tanto a otros centros como en el Registro Centralizado, etc.
Atención en ventanilla de 9:00 h. a 13:00 h.
Preparación de la documentación y clasificación de la matrícula .
Cualquier otra labor que le pueda ser encomendada por el Secretario dentro del ámbito de sus competencias.
AUXILIARES EDUCATIVOS.
Las cuatro auxiliares que trabajan en la actualidad en este Centro tienen como misión atender al alumnado que presenta discapacidad motora en todos aquellos aspectos que precisen. Sus funciones son las siguientes:
- Trasladar al alumnado con discapacidad motora que es totalmente dependiente (alumnado que se desplaza en sillas de rueda no eléctricas) y supervisar al de menor dependencia (desplazamiento con andador, alumnos con problemas de equilibrio...) por las distintas dependencias del centro y en las salidas del mismo... .- Desarrollar los programas de higiene y aseo personal de cada alumno o alumna: control de esfínter, control postural, salud bucodental...
- Atender la llegada y salida del transporte escolar.
- Colaborar con el tutor en la elaboración y puesta en práctica de las adaptaciones curriculares del alumnado.
- Colaborar en los distintos contextos educativos, en el desarrollo de la adaptación curricular y de la programación de aula, del alumnado con discapacidad motórica.
- Seguir las pautas metodológicas diseñadas en la adaptación curricular individualizada: control postural, adaptaciones de los materiales, pautas de conductas, ...
- Colaborar en la supervisión del alumnado en los recreos, salidas del centro, cambios de aulas...
- Aplicar los programas de alimentación: dar de comer a los alumnos que no sean autónomos, uso correcto de los útiles, normas y hábitos adecuados de mesa...
- Colaborar en la organización y supervisión de los materiales didácticos y personales del alumnado con discapacidad física.
- Informar al profesorado tutor, especialistas de pedagogía terapéutica o Jefatura de estudios, de cualquier información relevante que afecte al proceso educativo de este alumnado.
- Administración de medicación oral o tópica, previamente prescrita por el personal especializado con la autorización por escrito de los padres o tutores legales y la comunicación escrita de la Directora del centro.
ENCARGADO DE MANTENIMIENTO.
El encargado de mantenimiento es el trabajador que realiza las siguientes funciones:
Trabajos elementales de mantenimiento, conservación y reparación de los elementos del inmueble, incluido el riego de jardines y plantas de la Unidad Funcional a la que está adscrito. Ha de tener conocimientos generales de los oficios (carpintería, fontanería, electricidad, pintura menor, albañilería…).
Retirada y traslado de los residuos resultantes de su trabajo, con los medios adecuados, al depósito destinado a tal fin.
En ausencia de las subalternas, abrir y cerrar el centro, siempre que esté dentro de su jornada laboral.
Además debe realizar en todo momento una labor de supervisión y control, informando al Secretario o a la Directora de cualquier anomalía que detecte y de cualquier actuación necesaria para llevar a cabo su labor de mantenimiento.
La empresa de mantenimiento es en la actualidad CLECE. La prestación del servicio en esta Unidad Funcional la realiza un trabajador de la misma durante 5 días a la semana de 8:00 h. a 14:00 h. Cualquier persona que forme parte de esta Comunidad Educativa puede comunicar al Secretario el desperfecto, la avería, la rotura, etc. observada, anotando la misma en el parte de incidencias de mantenimiento cuyo modelo está en la Sala de profesorado. El Secretario prioriza las tareas a realizar en función de su urgencia, teniendo en cuenta que además hay tareas de mantenimiento diarias: jardines, hidrocompresor, etc.
PERSONAL DE LIMPIEZA
El personal de limpieza se compone de trabajadores que realizan las funciones propias de la limpieza, manualmente o con maquinaria, de muebles, ventanas, puertas y sus elementos, aulas, despachos, servicios y demás dependencias del centro, de acuerdo con la normativa establecida al efecto, de Seguridad e Higiene en el trabajo, retirando y trasladando asimismo los residuos resultantes de su trabajo, con los medios adecuados al depósito destinado a tal fin.
En la actualidad la Consejería de Educación tiene suscrito un contrato con la empresa UTE Limpiezas Quesada según el cual son 10 personas las que se encargan de este cometido. Una acude al centro por la mañana y las nuece restantes por las tardes, en jornadas de cuatro horas cuatro días a la semana y tres horas un día a la semana.
La persona que acude por la mañana se encarga de limpiar algunas oficinas, los aseos varias veces, los patios, etc., así como las tareas de mantenimiento de limpieza que por necesidad puedan surgir (lluvias, indisposiciones, etc.). Por las tardes, cuando no hay actividad escolar, el resto del personal limpia las zonas comunes, los patios, el aparcamiento, los aseos y los accesos al centro. Por las tardes se limpian aulas, Departamentos, se retiran papeleras, escaleras y pasillos, superficies de uso común: pomos de puertas, mostradores, mesas y sillas, teclados, estanterías, barandillas, teléfonos, suelos…